Por Rafael Veloz García / @rafaelvelozg
Rafael Veloz García. Doctor en Derecho Constitucional Internacional y Relaciones Internacionales. Primer vicepresidente de la Unión de Colegios de abogados de Iberoamérica, Madrid, España. ExPdte de la Federación Interamericana de Abogados, FIA, washington, EE.UU. Diputado Nacional 2015. Miembro de la dirección nacional de Vp. Coordinador del Programa de Organización Ciudadana, POC.
La Mesa de Diálogo acordó renovar a los treinta y dos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia. Es un avance determinante y hay que decirlo sin regateos: por primera vez en un cuarto de siglo se acepta que el problema no era un magistrado ni una Sala, sino el órgano completo y el procedimiento que lo produce.
Pero un tribunal nuevo hereda algo más que un edificio en Caracas. Hereda expedientes. Y ahí hay una pregunta que todavía nadie ha hecho en voz alta: ¿qué va a pasar con las injusticias que el sistema anterior produjo y que el nuevo va a recibir tal como están?
El día después de la libertad
Empecemos por lo más visible. Cada excarcelación de un preso político es una noticia que debe celebrarse: una persona vuelve a su casa, a su familia, a su vida. Pero salir de una prisión no devuelve automáticamente los meses o los años perdidos. No devuelve el empleo, la empresa, la carrera profesional o los estudios interrumpidos. No borra las secuelas físicas y psicológicas del encierro ni de los malos tratos. No le devuelve a una familia el tiempo que estuvo separada. Y en muchos casos ni siquiera devuelve la libertad completa: buena parte de quienes han salido permanece sometida al mismo expediente arbitrario y a un régimen de presentación periódica.
Por eso Venezuela debería empezar a discutir desde ahora —no cuando el proceso político concluya— un sistema nacional de reconocimiento y reparación para las víctimas de violaciones de derechos humanos.
No es una idea excepcional ni inventada para nosotros. Alemania desarrolló durante décadas los mecanismos de Wiedergutmachung para las víctimas de la persecución nazi. Argentina construyó su propio sistema de reconocimiento e indemnización tras la dictadura. Chile combinó las comisiones Rettig y Valech con pensiones y otras medidas para víctimas de ejecuciones, desapariciones, prisión política y tortura. Sudáfrica creó la Comisión de la Verdad y Reconciliación al terminar el apartheid. Marruecos abordó los llamados años de plomo mediante la Instancia Equidad y Reconciliación. Ninguna de esas experiencias es un modelo para copiar mecánicamente. Todas enseñan lo mismo: una transición que ignora a las víctimas deja sin resolver justamente la parte del pasado que dice querer superar.
Conviene además aclarar qué significa reparar, porque suele reducirse a dinero. En el derecho internacional contemporáneo la reparación comprende cinco cosas: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. Es decir, atención médica y psicológica, recuperación de derechos, restitución de empleos o bienes cuando sea posible, reconocimiento público del daño, corrección de los antecedentes derivados de procesos injustos y reformas institucionales que impidan la repetición.
La diligencia debida que nadie ha hecho
Aquí está el punto institucional, y quiero explicarlo con una comparación que cualquiera entiende. En el mundo de los negocios, nadie compra una empresa sin hacer antes un inventario de sus activos y de sus pasivos. Se llama diligencia debida y es elemental: usted necesita saber qué deudas está asumiendo. En una transición democrática debería existir una diligencia semejante respecto de los pasivos humanos e institucionales del Estado.
De ahí la propuesta que ponemos a consideración de la Asamblea Nacional de 2015: elaborar un inventario nacional de casos de derechos humanos vinculados con actuaciones u omisiones del sistema judicial, como insumo del proceso de reforma. Ese inventario comprendería dos grandes grupos. Primero, los casos en que organismos internacionales competentes —órganos de tratados de Naciones Unidas y el sistema interamericano— ya determinaron que hubo violación y sigue pendiente el cumplimiento o la reparación. Segundo, los casos excepcionalmente longevos que continúan abiertos ante esas instancias y en los cuales lo que se discute es precisamente la ausencia de tutela judicial efectiva, de independencia judicial o de debido proceso en Venezuela.
Digo con claridad lo que no es, porque será lo primero que se objete. No se trata de reabrir indiscriminadamente cualquier litigio, ni de convertir una instancia política en tribunal, ni de presumir que toda decisión del sistema anterior fue ilegítima. Se trata de un mecanismo excepcional, objetivo y verificable, reservado a casos con elementos especialmente calificados: decisiones internacionales incumplidas, procedimientos internacionales avanzados, violaciones graves documentadas o décadas de ausencia de tutela judicial efectiva.
La razón de fondo es sencilla. Muchos de los problemas que hoy intentamos resolver tuvieron entre sus causas la falta de independencia judicial y el uso de los tribunales como instrumento de persecución. Sería paradójico reformar ese Poder Judicial y entregarle al nuevo, intactos, los expedientes y las consecuencias producidos por las mismas deficiencias que justificaron la reforma. Cambiar los jueces sin revisar los pasivos judiciales puede cambiar los nombres y conservar las injusticias.
Hay además un beneficio que el país debería aprovechar. Este inventario es la vía más rápida para colocar a Venezuela al día en el cumplimiento de las decisiones de los organismos internacionales de derechos humanos, muchas de ellas incumplidas por más de una década y varias referidas a personas hoy presas o perseguidas. Y convierte casos concretos en indicadores medibles del éxito de la reforma: si el nuevo sistema es realmente distinto, tendrá que ser capaz de resolver injusticias que el anterior no pudo o no quiso resolver.
De dónde viene esta propuesta
Esta iniciativa se suma a las que en los últimos meses ha venido elaborando el Programa de Organización Ciudadana, POC, la mayor articulación de agrupaciones civiles de dentro y fuera de Venezuela, junto con la oficina parlamentaria de quien suscribe, presidente de la subcomisión de Justicia de la Comisión Permanente de Política Interior. En ellas ha participado de manera decisiva la comunidad jurídica del país: los líderes de la abogacía organizada, la Federación de Colegios de Abogados y los colegios de abogados de toda Venezuela, profesores universitarios y estudiantes de derecho. No es el producto de un escritorio: es trabajo colectivo con acciones de campo.
Termino con una advertencia sobre cómo mediremos lo que viene. El éxito de esta reforma no debería medirse solamente por cuántos magistrados son sustituidos, cuántas leyes se aprueban o cuántos presos salen de la cárcel. También por algo más humano: cuántas injusticias heredadas somos capaces de identificar, reconocer y, cuando todavía sea posible, reparar. Reparar no es vengarse; es distinguir entre venganza y responsabilidad. Y es la manera en que el Estado que viene le dice a la sociedad que no considera normal lo que el Estado anterior permitió.
La libertad de los presos políticos debe ser el comienzo. Después vienen la verdad, la justicia, la reparación y la garantía de que ningún venezolano —sea cual sea su posición política— vuelva a sufrir lo mismo. Porque una democracia no se construye únicamente abriendo las puertas de las cárceles: también se construye reparando a quienes nunca debieron entrar en ellas y evitando que el nuevo Poder Judicial herede las injusticias del que viene a reemplazar.
Fecha: 24/08/2026


