A propósito de celebrarse el Día Internacional del Adulto Mayor, el 1° de octubre, el Comité de Derechos Humanos para la Defensa de los Pensionados, Jubilados, Adultos Mayores y Personas con Discapacidad realizó una manifestación a las puertas de la sede del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), en el estado Lara, para exigir un aumento en el monto de las pensiones, que se han deteriorado progresivamente desde hace 11 años y se mantienen desde 2022 en 130 bolívares, equivalentes en la actualidad a 0,74 dólares mensuales.
Durante la misma, los adultos mayores remitieron una carta al superintendente del Seniat, José David Cabello, pidiendo que explique por qué no se había producido ninguna mejora ni incremento en las pensiones desde la aprobación en mayo de 2024 de la “Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloqueo Imperialista”, mejor conocida como “Ley de Protección de Pensiones”, ni se conoce el destino de los fondos recaudados por este instrumento por más de un año.
La Ley establece un 9% sobre los salarios y otras remuneraciones que pagan las empresas privadas como aporte para el fortalecimiento de las pensiones, pero los pensionados cuestionan dónde están los recursos que se han generado desde mayo de 2024 y exigen una explicación al ente recaudador.
Pese a que esta ley promulgaba tiene como objeto el establecimiento de mecanismos para la “protección” de las pensiones de seguridad social (entendidas estas como aquellas prestaciones dinerarias de vejez, incapacidad, invalidez y sobrevivencia previstas en la ley especial que regula la Seguridad Social), en la práctica no se mejoró la dramática situación económica, social y humanitaria en la que se encuentran las personas de la tercera edad en Venezuela.
Tras su aprobación en 2024, ya varias organizaciones y juristas habían alertado las debilidades de ley. En este sentido, el abogado laboralista Ramón Alfredo Aguilar explicó que el texto legal no definía cómo “protegería” las pensiones, ni disponía de forma alguna un aumento o pago de las pensiones de seguridad social que garantiza la Constitución Nacional sino que, por el contrario, su finalidad parecía ser la creación de un tributo discriminatorio (que sólo será pagado por empleadores privados y no por el Estado, instituciones o empresas públicas) cuyos aportes no formarán parte del fondo de pensiones que ordena la Constitución y regulan las leyes de seguridad social, sino que iría directo al Fisco Nacional a través del SENIAT.
Por su parte, Provea indicó en su oportunidad que esta Ley afectaría al sector privado, al aparato productivo y al propio consumidor, incidiendo en la disminución del empleo formal y en el aumento del costo de la vida; pero además, vulneraría el derecho a la Seguridad Social, porque los recursos destinados a su financiamiento dejarían de tener carácter parafiscal y los terminaría pagando el pueblo.
Ante este panorama, era inminente la afectación que esta Ley podía producir al ser usada por el gobierno como instrumento fiscal para buscar recursos, pero sin precisar ningún beneficio para los pensionados y jubilados.
FUENTES:
- El Pitazo
- Moore Venezuela
- Provea
- AMS Abogados
- TuGacetaOficial.com
Fecha: 03/10/2025


